Decreto de 19 de febrero de 2010 (aún sin numerar, publicado en página web de Presidencia, emitido a iniciativa del Consejo Directivo del Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay frente a la Comisión Permanente de Normas Contables Adecuadas).
Normas contables para entidades de menor importancia relativa y ajuste de estados contables para reflejar las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda.
Normas contables aplicables: Se modifica el artículo 1º del Decreto 135/009 de 19 de marzo de 2009 (en la redacción dada por el artículo 1º del Decreto 283/009 de 15 de junio de 2009). Se sustituye el numeral 2º del citado artículo.
Ajustes de estados contables para reflejar las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda: Se modifica el artículo 1º del Decreto 99/009 de 27 de febrero de 2009. Se sustituye el numeral 2º del citado artículo.
En ambos casos, la redacción original del numeral 2º, artículo 1º, de los citados decretos, establecía dos límites cuantitativos (alternativos), basados en los requerimientos que determinan la obligación de registrar los estados contables ante el Registro de Estados Contables a cargo de la AIN (que son los establecidos por el artículo 97 (bis) de la Ley 16.060: activos totales superiores a 30.000 UR al cierre de cada ejercicio anual o ingresos operativos netos superiores a 100.000 UR durante el mismo período).
La nueva redacción del numeral 2º, artículo 1º, de ambos decretos, establece como único límite cuantitativo aplicable: ingresos operativos netos anuales superiores a 200.000 UR (hoy aproximadamente USD 4.348.700).
Decreto de 19 de febrero de 2010 (aún sin numerar- sin publicar en Diario Oficial).
SAFI (Sociedades Anónimas Financieras de Inversión): Adecuación preceptiva al régimen general de tributación a partir del 01/01/2011.
Ley Nº 18.645 de 12 de febrero de 2010 (aún sin publicar en Diario Oficial) Parte I y Parte II
CONVENIO URUGUAY-MÉXICO: para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y Patrimonio.